26 marzo 2004
DÍA DE CONMEMORACIÓN DE LOS MÁRTIRES ARMENIOS.
LEY Nº 17.752
Artículo 1º.- Declárase el día 24 de abril como "Día de recordación de los mártires armenios" en el homenaje de los integrantes de esa nacionalidad asesinada en 1915.
Artículo 2º.- Las emisoras del Servicio Oficial de Difusión Radiotelevisión y Espectáculos, tanto radiales como televisivas, deberán en esa fecha destinar parte de su programación a la recordación de dichos sucesos.
Presidencia de la República Oriental del Uruguay - Secretaría de Prensa y Difusión
Lea la ley oficial del sitio web del Gobierno Nacional de Uruguay.